El fiscal jefe Gastón Liotard requirió una pena de 11 años de prisión para M.A.I., un hombre declarado responsable de haber abusado sexualmente de la hija de su pareja en la vivienda que compartían en Cutral Co. El planteo se realizó en una audiencia de imposición de pena y el tribunal dará a conocer su decisión el próximo lunes.
Cómo se descubrió el caso
El hecho salió a la luz cuando la niña, tras participar en una clase de Educación Sexual Integral (ESI) en la escuela, pudo reconocer que era víctima de abuso y se animó a contárselo a su madre, quien luego radicó la denuncia.
Te podría interesar
- allanamiento en el barrio belgrano
Una vivienda clausurada en Neuquén escondía drogas, bienes robados y hasta un delivery ilegal
- TRAS LA AUTOPSIA
Confirmaron que el cuerpo hallado en la costa del Nahuel Huapi era Héctor Hernández
- justicia
Piden 10 años de prisión para un acusado de abuso sexual infantil en Neuquén
De acuerdo con lo acreditado en el debate, los ataques ocurrieron entre julio de 2023 y julio de 2024, período en el que la víctima tenía entre 10 y 11 años. Durante ese tiempo convivía con su madre y el acusado, quien aprovechaba las ausencias laborales de la mujer para perpetrar los abusos de manera reiterada.
Fundamentos del pedido fiscal
Al solicitar la pena de 11 años, Liotard señaló que se trató de una forma de violencia contra la mujer ejercida en este caso sobre una niña. Destacó la duración de los abusos, la diferencia de edad y poder entre el acusado —cercano a los 50 años— y la víctima, así como las secuelas psicológicas que incluyen estrés postraumático y la necesidad de tratamiento.
La Defensoría de los Derechos de la Niñez y Adolescencia acompañó el pedido del Ministerio Público Fiscal. En contraste, la defensa del condenado solicitó la aplicación del mínimo legal de 8 años previsto para este tipo de delitos.
Calificación legal del hecho
El tribunal evaluará la pena bajo la calificación de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y circunstancias, agravado por ser la víctima menor de 18 años y por haber mediado convivencia, todo ello en concurso continuado y en calidad de autor, según lo previsto en el Código Penal.
