Durante una audiencia realizada ayer en Neuquén, la justicia provincial imputó a M.J.R. por haber provocado lesiones graves a una mujer que intervino para frenar una agresión contra su expareja. El hecho ocurrió el 23 de noviembre por la noche en el barrio Cuenca XVI.
Según la exposición del fiscal del caso, Andrés Azar, el episodio se desarrolló cerca de las 22.45, cuando el acusado se acercó de manera hostil a su expareja para increparla. En ese momento, una familiar de la mujer trató de impedir el ataque y fue herida con un cuchillo en el abdomen, lesión que le generó una perforación en el intestino delgado.
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Las actuaciones detallaron que, en medio del conflicto, intervino otra persona que efectuó disparos y lesionó tanto a la víctima como al imputado. No obstante, los peritajes químicos para detectar residuos de disparo dieron resultado negativo y, por ahora, esa participación no fue atribuida por el Ministerio Público Fiscal.
Azar acusó a M.J.R. por el delito de lesiones graves dolosas y pidió un plazo de dos meses para completar la investigación. También solicitó su prisión domiciliaria al considerar riesgos de entorpecimiento, dado que los testigos serían allegados al acusado y la víctima expresó temor por residir cerca de familiares del imputado.
Decisión judicial
La jueza de garantías Natalia Pelosso tuvo por formalizada la investigación, aunque aplicó provisoriamente la figura de lesiones graves culposas al considerar que el relato fiscal no permitía establecer intención de causar daño. Además, fijó tres meses para avanzar con las diligencias.
Respecto de las medidas cautelares, rechazó la prisión domiciliaria por impedimento legal —al tratarse de una pena potencialmente de ejecución condicional— y ordenó la libertad del imputado bajo obligaciones y prohibiciones de contacto y acercamiento por tres meses.
Control de detención y recusación
Antes de la formulación de cargos, y a pedido de la defensa, se revisó la detención de M.J.R. En ese tramo de la audiencia, el fiscal Azar solicitó apartar a la jueza Pelosso, al interpretar que un comentario previo sobre el límite de las 48 horas de arresto podía anticipar una decisión favorable a la defensa.
El juez Cristian Piana intervino para resolver la recusación y la rechazó tras evaluar que no existían elementos concretos que comprometieran la imparcialidad de la magistrada. Consideró que el debate sobre los plazos debía analizarse “con un almanaque y no con un cronómetro”, sin que ello implicara adelantar opinión.
Concluido el incidente, Pelosso declaró ilegal la detención por entender que el plazo de 48 horas había vencido al momento de solicitarse la audiencia. Ordenó la liberación inmediata del imputado y remitió los antecedentes a la Secretaría de Superintendencia.
