El acusado de abusar sexualmente de la hijastra de quien era su pareja durante al menos cuatro años, fue condenado este lunes en la ciudad de Neuquén. A partir de la acusación del fiscal del caso Manuel Islas, un tribunal declaró la responsabilidad penal de M.A.P.C, por abuso sexual con acceso carnal, de carácter continuado y doblemente calificado por la guarda y la convivencia con una víctima menor de 18 años.
Los abusos se extendieron entre 2017 y 2021, mientras M.A.P.C. compartía domicilio con la víctima, al mantener una relación de pareja con su madre. Los hechos ocurrieron en dos viviendas, una en Neuquén y otra en Centenario, y otro hecho registrado en un automóvil.
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El fiscal Islas, quien trabajó junto a la asistente letrada Vanesa Muñoz, detalló que el agresor se aprovechaba de los momentos en que la niña quedaba a su cuidado y que se aseguraba la impunidad mediante amenazas.
Durante el juicio, Ministerio Público Fiscal imputó a M.A.P.C. como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, de carácter continuado; doblemente calificado por la guarda y la convivencia con una víctima menor de 18 años de edad (artículos 45 y 119 párrafos tercero y cuarto incisos “b” y “f” del Código Penal). La defensoría de los Derechos de Niñez y Adolescencia adhirió al pedido de responsabilidad.
El próximo paso será la determinación de la pena y la inclusión del condenado en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS). El tribunal que intervino estuvo integrado por la jueza Patricia Lupica Cristo y por los jueces Raúl Aufranc y Juan Pablo Encina.