Miércoles 28 de Agosto de  2024
Palabra Cumplida
CIPOLLETTI

Se cambió el apellido porque su papá ejercía violencia contra su mamá

Un joven logró suprimir el apellido de su padre tras demostrar la violencia ejercida sobre su madre y la falta de vínculo con el progenitor. La decisión fue autorizada por el fuero de Familia.

Escrito en REGIONALES el

Un joven de Cipolletti consiguió que la Justicia le permitiera eliminar el apellido de su padre, tras probar que el hombre ejerció violencia física, emocional y psicológica sobre su madre. Este entorno de abuso obligó a la familia a abandonar la provincia de Río Negro temporalmente. Desde la separación, el joven no tuvo contacto con su padre, quien tampoco cumplió con la manutención.

El adolescente relató que su madre vivió seis años con su padre en un ambiente marcado por la violencia. En 2014, la situación se volvió insostenible y la familia se trasladó a otra provincia para escapar de las amenazas del hombre. Desde entonces, la comunicación con el progenitor fue inexistente, y él nunca cumplió con sus obligaciones de manutención ni mostró interés en mantener un vínculo con sus hijos. 

El joven manifestó que llevar el apellido de su padre le causaba un profundo agravio espiritual y moral, afectando su desenvolvimiento social. En 2019, decidió añadir el apellido de su madre a su nombre, pero continuó identificándose solo con este último en su entorno escolar y social. Finalmente, solicitó judicialmente suprimir por completo el apellido paterno.

El fuero de Familia de Cipolletti aceptó la solicitud del joven, considerando la ausencia de un vínculo afectivo y la historia de violencia doméstica como motivos justos. La jueza subrayó que el Código Civil y Comercial de la Nación permite cambiar el nombre y apellido si existen causas graves, razonables y poderosas que lo justifiquen. Un informe psicológico del Equipo Técnico Interdisciplinario confirmó que el apellido paterno afectaba emocionalmente al joven y comprometía su salud psíquica y emocional.

La decisión judicial se fundamentó en que el principio de inmutabilidad del nombre debe ser visto desde una perspectiva integral y dinámica, priorizando el interés individual del joven cuando no se comprometen los intereses sociales. La jueza destacó que el nombre, como atributo de la personalidad, debe ser protegido más allá de los efectos jurídicos que generen las acciones filiatorias.

El fallo ordenó la eliminación del apellido paterno y dispuso que el nombre del adolescente quedara solo con el apellido de su madre. Además, se instruyó al Registro Civil y Capacidad de las Personas a realizar el cambio y notificar a los organismos pertinentes.