La jueza de Familia Eliana Fortbetil dictó la resolución tras analizar una demanda presentada por una mujer de Villa La Angostura. La denunciante había mantenido un vínculo afectivo con el demandado, con quien tuvo un hijo que hoy tiene 9 años. Según el fallo, el hombre se negó a reconocer al niño durante años, a pesar de mantener contacto con él y de que el menor lo llamaba “papá”.
La magistrada subrayó que esta conducta implicó un ejercicio de poder y una forma de violencia simbólica, psicológica y económica tanto hacia la madre como hacia el niño. Además, sostuvo que el caso comprometía derechos humanos fundamentales como la identidad, el acceso a la familia y el conocimiento de los orígenes biológicos.
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Daños al proyecto de vida del niño
Fortbetil estableció que el monto indemnizatorio —más de 65 millones de pesos— debía calcularse tomando como base el 100 % de la canasta de crianza que publica el INDEC para la franja de 6 a 12 años, multiplicada por los meses de vida del niño.
En su decisión, diferenció entre el daño moral y el daño al proyecto de vida, al considerar que este último “compromete la existencia misma del sujeto y tiene efectos perdurables en el tiempo”.
Protección reforzada por discapacidad
El fallo también valoró la situación de salud del niño, diagnosticado con un trastorno del espectro autista, lo que requiere atención médica y terapéutica constante. La jueza ordenó que el padre continúe abonando la cuota alimentaria durante seis meses y cubra en su totalidad los gastos derivados de los tratamientos de salud durante el mismo período.
“Resulta esencial que el niño tenga acceso sostenido a un tratamiento integral acorde a su diagnóstico”, señaló Fortbetil, y añadió que el padre debe asumir sus responsabilidades tanto en el plano económico como en el afectivo y vincular.
Acceso a la justicia y medidas complementarias
Como parte de su resolución, la jueza incorporó al expediente un cuento explicativo del fallo en lenguaje claro, para garantizar que el niño comprenda la decisión judicial. Además, dispuso medidas preventivas ante la vulnerabilidad económica y emocional de la madre y el menor, con el objetivo de asegurar un entorno estable y saludable.
