Miércoles 8 de Abril de  2026
DEFENSA AL CONSUMIDOR

Productos vencidos y precios que no coincidían: confirmaron multas millonarias a supermercados de Neuquén

Controles detectaron irregularidades que afectan a quienes compran todos los días. La Justicia confirmó multas por precios incorrectos y productos vencidos.

Control en supermercados terminó en multas millonarias: detectaron irregularidades en precios y productos vencidos
Escrito en REGIONALES el

La jueza Civil María Eliana Reynals confirmó las multas impuestas por la Dirección Provincial de Protección al Consumidor a dos supermercados de la ciudad de Neuquén, luego de que ambos comercios apelaran las sanciones. Las infracciones fueron detectadas durante controles de rutina y estuvieron vinculadas a productos vencidos ofrecidos al público y a diferencias entre los precios exhibidos en góndola y los cobrados en la línea de cajas.

Controles de consumo y sanciones confirmadas

Las irregularidades fueron constatadas por inspectores del organismo provincial durante inspecciones habituales en supermercados de la capital neuquina. Tras las actuaciones administrativas, la Dirección Provincial de Protección al Consumidor aplicó sanciones económicas que luego fueron recurridas por los comercios.

De acuerdo con la Ley provincial 2268, los recursos y revisiones de sanciones vinculadas con la Ley Nacional de Defensa del Consumidor (24.240) deben resolverse en el fuero Civil y Comercial. En ese marco, la magistrada evaluó los planteos de los supermercados y decidió ratificar ambas penalizaciones.

Productos vencidos expuestos para la venta

Uno de los comercios fue sancionado por tener productos con fecha de vencimiento expirada disponibles en las góndolas. La multa fijada equivale al valor de diez canastas básicas para un hogar tipo 3, compuesto por cinco integrantes.

El titular del establecimiento argumentó durante la revisión que “un producto vencido no implica que no sea apto para el consumo o que sea peligroso para la salud”. Sin embargo, la jueza consideró que el comercio tiene la responsabilidad de controlar su organización interna para retirar mercadería vencida del circuito de venta.

Según el fallo, permitir la exhibición de esos productos compromete el derecho a la salud de los consumidores y usuarios, garantizado por el artículo 42 de la Constitución Nacional.

Diferencias entre precios de góndola y caja

El segundo supermercado fue multado por cobrar en caja un precio distinto al exhibido en góndola. En este caso, la sanción fue equivalente al valor de dos canastas básicas.

En su descargo, el comercio señaló que la diferencia se detectó en un solo producto de un total de quince revisados y que el perjuicio económico era inferior a mil pesos. También indicó que el error habría sido un descuido del repositor y del personal encargado de verificar los precios.

La jueza Reynals sostuvo que el caso constituye una infracción a los artículos 4 y 7 de la Ley 24.240, que obligan a los proveedores a brindar información clara y precisa sobre las características de los bienes y las condiciones de comercialización.

Obligación de informar correctamente

El fallo indicó que la diferencia detectada vulnera el deber de informar adecuadamente el precio, un elemento central en la relación de consumo.

“Ello configura una violación a la ley de defensa del consumidor, en tanto la diferencia de precio verificada resultó en perjuicio de los consumidores potenciales”, señaló la magistrada. Además, explicó que al tratarse de una falta comprobada de manera objetiva no corresponde analizar la intención del infractor.

Ambos supermercados deberán, además, publicar la sanción durante un día en un diario de amplia circulación en el lugar donde ocurrió la infracción. Las empresas quedaron a disposición de las resoluciones judiciales correspondientes.